División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 22197
06 de diciembre del 2022
DJ-2642
Señor
Saúl Peraza Juarez
PARTICULAR
Ce: saulpejuarez28@gmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio enviado a esta contraloría el día 1 de diciembre
del 2022, mediante el cual consulta: “¿Los trabajadores integrantes de Juntas Directivas
de Instituciones Públicas Autónomas del Estado, que devengan dietas por cada sesión a
la que asisten en apego a las leyes y disposiciones internas, tienen derecho al
aguinaldo?”
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte
del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa ...
Fecha publicación: 06/12/2022
Fecha emisión: 06/12/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 18101
27 de octubre de 2022
DJ-2367
Licenciada
Carolina Murillo Vázquez, Gerente.
COOPETRANSATENAS RL
Ce: gerencia@coopetransatenas.com, comercialgmo@gmail.com
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos:
Caso concreto
Se refiere este despacho a su consulta planteada, recibida en fecha 17 de octubre
del 2022, sin número de oficio, donde presenta una serie de consideraciones y solicita
criterio a este Órgano Contralor sobre la clasificación del proyecto de la organización de la
Cooperativa de Transporte de Personas y Servicios Múltiples de Atenas, en adelante
COOPETRANSATENAS RL, con la finalidad de obtener fondos públicos e inversión para
la compra de 4 autobuses mediante Instituto de Desarrollo Rural, en adelante INDER.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n.º 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan, en lo de interés, el siguiente:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
htt ...
Fecha publicación: 28/10/2022
Fecha emisión: 27/10/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15117
14 de setiembre del 2022
DJ-2015
Señor
Alfonso Chacón Mata
achaconm@yahoo.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 02 de setiembre de 2022,
mediante el cual plantea las siguientes interrogantes: 1.- ¿Qué deber de motivación de
acuerdo al artículo 136 de la Ley General de la Administración Pública tienen las Juntas
Directivas de los entes público no estatales para la justificación del gasto en una
reestructuración? 2.- Ante la carencia de estudios técnicos a presentar ante MIDEPLAN,
¿Deben las Juntas Directivas de entes públicos no estatales, presentar fundamentación
del gasto de reestructuración y someterlo a aprobación presupuestaria ante la CGR? 3.-
¿Se debe de demostrar la eficiencia de la nueva estructura propuesta a la CGR para que
proceda autorizar el presupuesto que iría a dar sustento a la reestructuración?
En atención a las consultas planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-10 ...
Fecha publicación: 14/09/2022
Fecha emisión: 14/09/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11913
15 de julio del 2022
DJ-1565
Señor
Erick Ulate Quesada, Presidente de Asociación Consumidores de Costa Rica
PARTICULAR
Ce: eulate@consumidoresdecostarica.org
Cc: rsanchez@consumidoresdecostarica.org
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación y caso concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio número CONCORI-096-2022, con fecha el 13
de julio de 2022, mediante el cual consulta debido a la prohibición establecida en el
artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494, si el presidente de la
asociación puede participar de un proceso de contratación administrativa de la Junta de
Protección Social siendo miembro de la Junta Directiva del Consejo de Transporte
Público.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr. ...
Fecha publicación: 15/07/2022
Fecha emisión: 15/07/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10886
27 de junio del 2022
DJ-1424
Señor
Alex Loaiza Chacón
PARTICULAR
Ce: aloaiza@controlecologico.net
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su correo enviado el día 21 de junio del 2022, mediante
el cual consulta sobre si la administración tiene la potestad de excluir una oferta porque se
tuvo problemas con el sicop al no poder cargar los adjuntos y posteriormente a la fecha de
presentación de ofertas se logro subir los oficios mediante "subsanen de oficio" que tiene
prevista la plataforma.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte
del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8 ...
Fecha publicación: 28/06/2022
Fecha emisión: 27/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.° 10500
20 de junio, 2022
DFOE-LOC-0995
Máster
Bernal Vargas Araya
Presidente
bvargas@msj.go.cr
INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado sobre el proceso de aprobación presupuestaria
que requiere una sociedad pública de economía mixta (SPEM)
Se procede a dar respuesta a su consulta efectuada en el oficio sin número de 25 de abril de
2022, enviado al Órgano Contralor por correo electrónico el 26 de abril del año en curso y al cual
se le asignó el número de ingreso 11230-2022, en el que solicita criterio de la Contraloría General
sobre si una sociedad pública de economía mixta debe presentar los presupuestos ordinarios y
extraordinarios para la aprobación previa de la CGR.
Al respecto con el oficio n.° 7462 (DJ-0996-2022) de 04 de abril de 2022, se le realizó
prevención para el cumplimiento de requisitos para la presentación de consultas ante el Órgano
Contralor, al faltar el criterio legal con la posición del sujeto consultante, según lo establecido en el
“Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la
República1”.
En atención a dicho requerimiento, se recibió vía correo electrónico el oficio de 11 de mayo
de 2022, con el número de ingreso 12922-2022, donde se adjuntó el criterio jurídico prevenido.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Indica el consultante que requiere aclaración con respecto a si una sociedad pública de
economía mixta, (...) como empresa público-privada debe presentar los presupuestos ordinarios y
extraordinarios para la aprobación de previa de la Contraloría General de la República, tal y como
lo hacen las municipalidades del país.(...).
1 R-DC-0197-2011, de 20 de diciembre de 2011, disponible en www.cgr.go.cr
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: c ...
Fecha publicación: 23/06/2022
Fecha emisión: 20/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Aspectos varios
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10058
15 de junio del 2022
DJ-1341
Señor
Julián Hernández Quesada
PARTICULAR
Ce: jhernandezq03@gmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su correo recibido el 13 de junio del 2022 oficio,
mediante el cual consulta sobre si un funcionario de una institución del estado puede
inscribirse como perito del poder judicial.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte
del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
de la ...
Fecha publicación: 15/06/2022
Fecha emisión: 15/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09430
10 de junio del 2022
DJ-1296
Señor
Erick Roberto Jiménez Gonzaléz
notificaciones@soley-saborio.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 07 de junio de 2022,
mediante el cual plantea la siguiente interrogante ¿Encontrarse al día en el pago de la
contribución social establecida en el referido artículo 78 de la Ley de Protección al
Trabajador es un requisito de admisibilidad para las ofertas que presenten las entidades
enlistadas en el artículo 78 de la Ley 7983 en cualquier proceso de contratación con la
Administración Pública, central o descentralizada? En relación a los artículo 74 de la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social CCSS, y el artículo 78 de la Ley
de Protección al Trabajador.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:notificaciones@soley-saborio.com
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
...
Fecha publicación: 10/06/2022
Fecha emisión: 09/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08965
01 de 06 del 2022
DJ-1206
Señor
Alvaro Alonso Castro Barrantes
PARTICULAR
Ce: castro_barrantes@hotmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número que ingresó a esta Contraloría
General de la República el día 26 de mayo del 2022, mediante el cual consulta sobre si le
puede aclarar el concepto de precio base y precio referencia y ¿Cuál es su diferencia
desde el marco legal?
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte
del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-10 ...
Fecha publicación: 01/06/2022
Fecha emisión: 01/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08816
30 de mayo de 2022
DCA-1611
Señor
Ing. Jorge A. Sauma Aguilar
Gerente General
AGRO FORESTALES
Correo electrónico: notificaciones@corbana.co.cr
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por Agro Forestales respecto a la aplicación del
régimen de prohibiciones de la Ley de Contratación Administrativa.
Nos referimos a su oficio AGRO FORESTALES-GG-CE-002-2022 de 19 de abril de
2022, relativo a la aplicación de la prohibición de contratación en caso de actividad ordinaria.
I.- Motivo de la Gestión
En el texto de la consulta se solicita criterio a esta Contraloría en relación con la
existencia de alguna limitación para que participen personas con prohibición según el artículo
22 bis de la Ley General de Contratación Administrativa, tratándose de actividad ordinaria.
Al respecto, el consultante hace referencia a la prohibición que regula el inciso b) del
artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa y la excepción que establece ese mismo
artículo en caso de actividad ordinaria.
En consecuencia, manifiesta que cuando se trate de miembros de una Junta Directiva
estos se encontrarían dentro las excepciones y no se tendría que recurrir a un proceso de
levantamiento de incompatibilidad, pues estos casos solo son para los apartados h) e i) del
artículo 22 bis citado.
En conclusión, indica el gestionante que cuando se está ante una actividad ordinaria de
Agro Forestales según su objeto social y participe un miembro de Junta Directiva o cualquiera
de las personas físicas o jurídicas citadas en el artículo 22 bis, resulta posible su participación
como proveedor, siempre y cuando se presenten las ofertas en igualdad de condición que las
de otros terceros y se cumpla con los principios generales que rigen toda contratación.
II.- Consideraciones preliminares
El ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General se encuentra regulado en
el artículo 29 de ...
Fecha publicación: 30/05/2022
Fecha emisión: 30/05/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Levantamiento de la prohibición