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proceso:EMISION DE CRITERIO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 22197 06 de diciembre del 2022 DJ-2642 Señor Saúl Peraza Juarez PARTICULAR Ce: saulpejuarez28@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio enviado a esta contraloría el día 1 de diciembre del 2022, mediante el cual consulta: “¿Los trabajadores integrantes de Juntas Directivas de Instituciones Públicas Autónomas del Estado, que devengan dietas por cada sesión a la que asisten en apego a las leyes y disposiciones internas, tienen derecho al aguinaldo?” En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa ...
Fecha publicación: 06/12/2022
Fecha emisión: 06/12/2022
Documento: 22197-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 18101 27 de octubre de 2022 DJ-2367 Licenciada Carolina Murillo Vázquez, Gerente. COOPETRANSATENAS RL Ce: gerencia@coopetransatenas.com, comercialgmo@gmail.com Estimada señora: Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: Caso concreto Se refiere este despacho a su consulta planteada, recibida en fecha 17 de octubre del 2022, sin número de oficio, donde presenta una serie de consideraciones y solicita criterio a este Órgano Contralor sobre la clasificación del proyecto de la organización de la Cooperativa de Transporte de Personas y Servicios Múltiples de Atenas, en adelante COOPETRANSATENAS RL, con la finalidad de obtener fondos públicos e inversión para la compra de 4 autobuses mediante Instituto de Desarrollo Rural, en adelante INDER. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n.º 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, el siguiente: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr htt ...
Fecha publicación: 28/10/2022
Fecha emisión: 27/10/2022
Documento: 18101-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 15117 14 de setiembre del 2022 DJ-2015 Señor Alfonso Chacón Mata achaconm@yahoo.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 02 de setiembre de 2022, mediante el cual plantea las siguientes interrogantes: 1.- ¿Qué deber de motivación de acuerdo al artículo 136 de la Ley General de la Administración Pública tienen las Juntas Directivas de los entes público no estatales para la justificación del gasto en una reestructuración? 2.- Ante la carencia de estudios técnicos a presentar ante MIDEPLAN, ¿Deben las Juntas Directivas de entes públicos no estatales, presentar fundamentación del gasto de reestructuración y someterlo a aprobación presupuestaria ante la CGR? 3.- ¿Se debe de demostrar la eficiencia de la nueva estructura propuesta a la CGR para que proceda autorizar el presupuesto que iría a dar sustento a la reestructuración? En atención a las consultas planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-10 ...
Fecha publicación: 14/09/2022
Fecha emisión: 14/09/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 11913 15 de julio del 2022 DJ-1565 Señor Erick Ulate Quesada, Presidente de Asociación Consumidores de Costa Rica PARTICULAR Ce: eulate@consumidoresdecostarica.org Cc: rsanchez@consumidoresdecostarica.org Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación y caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número CONCORI-096-2022, con fecha el 13 de julio de 2022, mediante el cual consulta debido a la prohibición establecida en el artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494, si el presidente de la asociación puede participar de un proceso de contratación administrativa de la Junta de Protección Social siendo miembro de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr. ...
Fecha publicación: 15/07/2022
Fecha emisión: 15/07/2022
Documento: 11913-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 10886 27 de junio del 2022 DJ-1424 Señor Alex Loaiza Chacón PARTICULAR Ce: aloaiza@controlecologico.net Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su correo enviado el día 21 de junio del 2022, mediante el cual consulta sobre si la administración tiene la potestad de excluir una oferta porque se tuvo problemas con el sicop al no poder cargar los adjuntos y posteriormente a la fecha de presentación de ofertas se logro subir los oficios mediante "subsanen de oficio" que tiene prevista la plataforma. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización Contraloría General de la República T: (506) 2501-8 ...
Fecha publicación: 28/06/2022
Fecha emisión: 27/06/2022
Documento: 10886-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Local Al contestar refiérase al oficio N.° 10500 20 de junio, 2022 DFOE-LOC-0995 Máster Bernal Vargas Araya Presidente bvargas@msj.go.cr INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado sobre el proceso de aprobación presupuestaria que requiere una sociedad pública de economía mixta (SPEM) Se procede a dar respuesta a su consulta efectuada en el oficio sin número de 25 de abril de 2022, enviado al Órgano Contralor por correo electrónico el 26 de abril del año en curso y al cual se le asignó el número de ingreso 11230-2022, en el que solicita criterio de la Contraloría General sobre si una sociedad pública de economía mixta debe presentar los presupuestos ordinarios y extraordinarios para la aprobación previa de la CGR. Al respecto con el oficio n.° 7462 (DJ-0996-2022) de 04 de abril de 2022, se le realizó prevención para el cumplimiento de requisitos para la presentación de consultas ante el Órgano Contralor, al faltar el criterio legal con la posición del sujeto consultante, según lo establecido en el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República1”. En atención a dicho requerimiento, se recibió vía correo electrónico el oficio de 11 de mayo de 2022, con el número de ingreso 12922-2022, donde se adjuntó el criterio jurídico prevenido. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Indica el consultante que requiere aclaración con respecto a si una sociedad pública de economía mixta, (...) como empresa público-privada debe presentar los presupuestos ordinarios y extraordinarios para la aprobación de previa de la Contraloría General de la República, tal y como lo hacen las municipalidades del país.(...). 1 R-DC-0197-2011, de 20 de diciembre de 2011, disponible en www.cgr.go.cr Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: c ...
Fecha publicación: 23/06/2022
Fecha emisión: 20/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Aspectos varios


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 10058 15 de junio del 2022 DJ-1341 Señor Julián Hernández Quesada PARTICULAR Ce: jhernandezq03@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su correo recibido el 13 de junio del 2022 oficio, mediante el cual consulta sobre si un funcionario de una institución del estado puede inscribirse como perito del poder judicial. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 de la ...
Fecha publicación: 15/06/2022
Fecha emisión: 15/06/2022
Documento: 10058-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 09430 10 de junio del 2022 DJ-1296 Señor Erick Roberto Jiménez Gonzaléz notificaciones@soley-saborio.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 07 de junio de 2022, mediante el cual plantea la siguiente interrogante ¿Encontrarse al día en el pago de la contribución social establecida en el referido artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador es un requisito de admisibilidad para las ofertas que presenten las entidades enlistadas en el artículo 78 de la Ley 7983 en cualquier proceso de contratación con la Administración Pública, central o descentralizada? En relación a los artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social CCSS, y el artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:notificaciones@soley-saborio.com http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. ...
Fecha publicación: 10/06/2022
Fecha emisión: 09/06/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 08965 01 de 06 del 2022 DJ-1206 Señor Alvaro Alonso Castro Barrantes PARTICULAR Ce: castro_barrantes@hotmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio sin número que ingresó a esta Contraloría General de la República el día 26 de mayo del 2022, mediante el cual consulta sobre si le puede aclarar el concepto de precio base y precio referencia y ¿Cuál es su diferencia desde el marco legal? En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-10 ...
Fecha publicación: 01/06/2022
Fecha emisión: 01/06/2022
Documento: 08965-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio Nº 08816 30 de mayo de 2022 DCA-1611 Señor Ing. Jorge A. Sauma Aguilar Gerente General AGRO FORESTALES Correo electrónico: notificaciones@corbana.co.cr Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por Agro Forestales respecto a la aplicación del régimen de prohibiciones de la Ley de Contratación Administrativa. Nos referimos a su oficio AGRO FORESTALES-GG-CE-002-2022 de 19 de abril de 2022, relativo a la aplicación de la prohibición de contratación en caso de actividad ordinaria. I.- Motivo de la Gestión En el texto de la consulta se solicita criterio a esta Contraloría en relación con la existencia de alguna limitación para que participen personas con prohibición según el artículo 22 bis de la Ley General de Contratación Administrativa, tratándose de actividad ordinaria. Al respecto, el consultante hace referencia a la prohibición que regula el inciso b) del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa y la excepción que establece ese mismo artículo en caso de actividad ordinaria. En consecuencia, manifiesta que cuando se trate de miembros de una Junta Directiva estos se encontrarían dentro las excepciones y no se tendría que recurrir a un proceso de levantamiento de incompatibilidad, pues estos casos solo son para los apartados h) e i) del artículo 22 bis citado. En conclusión, indica el gestionante que cuando se está ante una actividad ordinaria de Agro Forestales según su objeto social y participe un miembro de Junta Directiva o cualquiera de las personas físicas o jurídicas citadas en el artículo 22 bis, resulta posible su participación como proveedor, siempre y cuando se presenten las ofertas en igualdad de condición que las de otros terceros y se cumpla con los principios generales que rigen toda contratación. II.- Consideraciones preliminares El ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General se encuentra regulado en el artículo 29 de ...
Fecha publicación: 30/05/2022
Fecha emisión: 30/05/2022
Documento: 08816-2022.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Levantamiento de la prohibición